La anulación del matrimonio


El matrimonio sólo se puede anular por decisión judicial previa petición. Hasta que el matrimonio se anule este sigue siendo plenamente válido. Esta en la ley lo motivos por los que el matrimonio podrá ser anulado.
 Existencia de impedimentos en el momento de la celebración. Edad mínima, bigamia, parentesco.
 Celebración del matrimonio bajo amenaza o error.
 Matrimonios de conveniencia.
 Trastorno mental de uno de los cónyuges.
 Incompetencia del funcionario del Registro Civil.
 Falta de testigos.

EFECTOS JURÍDICOS
Si un matrimonio es declarado nulo eso significa que nunca fue válido y que por tanto no existió. En algunos supuestos hay excepciones y la anulación tiene los mismos efectos que el divorcio. De esa manera, los hijos nacidos de un matrimonio nulo siguen teniendo un vínculo jurídico con los progenitores. Otra excepción se da en los supuestos en los que se pretende proteger al cónyuge de buena fe, es decir, el que no sabía que el matrimonio que se celebro no era válido pudiendo solicitar al otro cónyuge que si sabia del error que le abone una pensión por alimentos.