El divorcio


El divorcio supone la disolución del vínculo matrimonial.Más de 30.000 parejas se divorcian en los Países Bajos cada año y son numerosas las normas que regulan esta situación.

El divorcio debe ser instado por ambos cónyuges (petición conjunta) o por uno de ellos (petición individual). La demanda de divorcio puede ser presentada en cualquier momento del matrimonio, no existe ningún tipo de exigencia sobre una mínima duración de ese matrimonio.

El divorcio tendrá plenos efectos una vez la sentencia del Juez competente entre en el Registro Civil, y eso sólo será posible una vez que la sentencia sea firme y irreversible.
Este registro deberá efectuarse dentro de los seis meses posteriores a la firmeza del fallo del Juez, de lo contrario, la sentencia de divorcio dejará de tener efecto y el divorcio no podrá registrarse.

Si el matrimonio ha sido concluido en el extranjero y el certificado matrimonial no ha sido presentado en el Registro holandés correspondiente la resolución holandesa se presentará en un Registro de La Haya.

CAUSA DE DIVORCIO

En Holanda no existe un único motivo para romper el matrimonio. Se puede decir que esto ocurre cando la convivencia de la pareja se hace insoportable e inaguantable, y no existe posibilidad de restaurar un correcto vínculo. En los casos de demanda de divorcio practicada de forma unilateral por sólo uno de los cónyuges, ese cónyuge deberá declarar el deterioro continuo del matrimonio y demostrarlo si el otro cónyuge de lo niega. Y será el Juzgado el que determine que el matrimonio esta roto a través de las pruebas presentadas.

EFECTOS JURÍDICOS DEL DIVORCIO


Consecuencias en las relaciones patrimoniales, la responsabilidad parental, la obligación de alimentos y las pensiones.

-Relaciones patrimoniales entre los cónyuges-


El sistema holandés es bastante inusual en relación con los ingresos y activos conseguidos durante el matrimonio. La regla general establece el régimen de gananciales, todas las propiedades obtenidas por ambos cónyuges durante el matrimonio formarán parte de la comunidad de bienes. También se incluyen las deudas, tanto las contraídas antes como durante el matrimonio, independientemente del cónyuge que las haya contraído. Los acreedores de los cónyuges pueden presentar reclamaciones sobre todos los bienes de la comunidad. En principio la ley establece que a cada uno de los cónyuges le corresponde la mitad de los bienes. Pero los cónyuges pueden optar y acordar otras condiciones en un convenio de divorcio o en el momento de repartir los bienes.


Regímenes económicos matrimoniales

Régimen de gananciales: Se hacen comunes para ambos cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse la sociedad de gananciales. Aunque los cónyuges siempre son libres de apartarse de esta regla general y acordar unas reglas diferentes a través de capitulaciones prematrimoniales.
En general, todas las deudas contraídas antes y durante el matrimonio también forman parte de la sociedad de gananciales sin importar quién contrajo la deuda.
Régimen de separación de bienes: pertenecen a cada cónyuge los bienes que tengan al iniciarse el régimen y los que adquiera después por cualquier título.

-Responsabilidad parental-

En los Países Bajos las parejas que se divorcian y tienen hijos en común tienen que redactar convenios sobre la crianza de estos niños. Este forzoso acuerdo contiene pautas que regirán la educación y mantenimiento de los hijos. Acuerdo que presentarán ante el Juzgado.

Los asuntos a tratar versarán sobre:

1. como compartirán los padres la responsabilidad acerca del cuidado y crianza de los niños
2. como los padres deberán informar y consultarse sobre todas las cuestiones importantes que afecten al interés del menor. Así como la elección del colegio.
3. como los gastos del niño se compartirán y la cantidad de pensión alimentaría que deberá abonarse al menor.
4. los padres deberán además discutir acerca de los deseos de los niños, lo podrán hacer de común a través de un abogado o un mediador.


-Pensión alimentaría y pensión de divorcio-

En los Países Bajos hay numerosas normas que regulan todo lo relacionado con las pensiones producto del divorcio. Tanto las pensiones para los padres como para los hijos se aplicarán en los casos de parejas que se divorcian.

Véase apartado específico Obligación de alimentos