Procedimiento para poner fin al matrimonio


Presentación de la demanda (de divorcio/ separación/ anulación).
En esta demanda deben figurar los apellidos, nombres y residencia o domicilio conyugal. Y si existen hijos menores de edad debe indicarse.
Junto a la demanda puede presentarse también una petición de medidas relacionadas con el divorcio.

Medidas referidas a
• Responsabilidad parental
• Obligación de alimentos respecto a los ex – cónyuges e hijos
• Reparto de las propiedades comunes
• Uso del domicilio conyugal
• Transmisión de la pensión

La demanda se presenta ante el Tribunal competente a través de un abogado.

¿A qué Tribunal se ha de presentar la demanda?
 Si el demandante es residente en los Países Bajos la demanda puede presentarse en el Tribunal de la circunscripción correspondiente al lugar de su residencia
 Si el demandante no reside en los Países Bajos se presentará la demanda en el Tribunal correspondiente al lugar donde resida el demandado.
 Si ninguno de los cónyuges reside en los Países Bajos la demanda se presentará en el Tribunal de La Haya

Documentos que han de presentarse
1. extractos originales del registro sobre ambos cónyuges
2. si uno de los cónyuges no tiene nacionalidad holandesa se deberá indicar la fecha en la que se estableció en los Países Bajos
3. Extractos originales de las inscripciones de los nacimientos de los hijos menores y extracto original del registro del matrimonio. Si el matrimonio se celebró en el extranjero será suficiente presentar el acta original de matrimonio o un extracto más antiguo.

ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
En supuestos en los que el demandante no puede hacer frente a los gastos que supone un proceso judicial y cumpliendo determinadas condiciones podrá beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita será en aquel caso en el que el demandante resida en la UE pero fuera de los Países Bajos.

El Raad Loor Rechtsbijstand puede presentar asistencia para elegir un abogado.
Si el demandante reside fuera de la Unión Europea, en ciertos casos, también va a poder beneficiarse de la asistencia gratuita. Se trata de casos sobre los que existen convenios, como el Convenio de La Haya de 1954 sobre el procedimiento civil, el Acuerdo europeo de 1977 sobre transmisión de solicitudes de asistencia jurídica y el Convenio de La Haya de 1980 dirigido a facilitar el acceso internacional a la justicia. Se prevé que los ciudadanos de los países adheridos a estos convenios se beneficien de la justicia gratuita en todos los países firmantes en iguales condiciones a las que disfrutan los ciudadanos de estos países.
Se puede solicitar una declaración de falta de recursos financieros a la autoridad competente del lugar en el que reside el demandante. De esta manera dicha Autoridad envía una solicitud de asistencia jurídica gratuita junto a la declaración a la Autoridad competente del país en que debe ofrecerse esa asistencia jurídica gratuita. Y allí será donde se determine si el solicitante tiene derecho o no a la asistencia gratuita.

Se ha de añadir que en todo caso, las sentencias de divorcio o anulación podrán ser en cualquier caso y dentro de los plazos previstos recurridas.

RESOLUCIÓN JUDICIAL DE DIVORCIO/ANULACIÓN DE MATRIMONIO DICTADA POR UN ÓRGANO JUDICIAL DE PAIS DE LA UE.

Las sentencias de divorcio, separación y de anulación matrimonial adoptadas en otros Estados (salvo Dinamarca) son reconocidas en los Países Bajos sin necesidad de ningún tipo de procedimiento. Y tampoco será necesario ningún tipo de procedimiento para adaptar los actos del registro civil, por ejemplo, cuando debe incluirse una anotación sobre el divorcio en el acta de matrimonio. Todo esto en virtud del Reglamento (CE) nº 2201/3001 de 27 de noviembre de 2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial.

Este reglamento prevé una serie de motivos para denegar el reconocimiento del divorcio, por ejemplo en aquellos casos en los que el divorcio pueda ser contrario al orden público. También debe comprobarse que el demandado haya sido debidamente informado.

Con arreglo a este reglamento, el juez del Estado miembro donde se ha adoptado la decisión dicta, a petición de cualquiera de las partes interesadas, un certificado relativo a la decisión, donde se indica que Estado adopto la decisión, los datos de las partes, si la decisión se adopto en rebeldía, qué tipo de decisión es (divorcio o separación), la fecha de la decisión y que autoridad la adoptó.

Cuando una persona interesada en que una decisión de matrimonio extranjera no sea reconocida en los Países Bajos deberá hacer una solicitud de no reconocimiento ante Juez del Tribunal del lugar de residencia.

CÓNYUGES NO RESIDENTES EN LOS PAISES BAJOS O DE DIFERENTES NACIONALIDADES

Los cónyuges aunque no tengan nacionalidad holandesa pueden optar a la aplicación del derecho holandés, y en caso de que sólo uno de los cónyuges elija el derecho neerlandés el Juez sólo podrá aplicarlo si la otra parte no se opone.

Si no se elige ley aplicable al litigio matrimonial, existen varias posibilidades:
• Cónyuges con misma nacionalidad: se aplicará el derecho nacional correspondiente. Por ejemplo una demanda de divorcio presentada por una pareja de españoles se aplica el Derecho español.
• Uno de los cónyuges carece de vínculos sociales reales con el país de la nacionalidad común, es el caso de aquella persona que ha vivido y trabajado durante años en otro país, se aplicará el derecho del lugar de residencia común.
• Cónyuges con distinta nacionalidad, en este caso se aplica el derecho del lugar de residencia común.
• Cónyuges con distinta nacionalidad pero que no residen en el mismo lugar se aplicará el derecho holandés.