Supuestos especiales


  • Supuesto especial de progenitores que no quieren/no pueden ejercer la patria potestad.

  • Supuesto en el que el progenitor no puede ejercer la custodia del menor el juez podrá, con carácter temporal, nombrar como tutor a una tercera persona. La patria potestad queda en suspenso.

  • Progenitor que temporalmente no puede ejercer la custodia el juez puede otorgar la patria potestad al otro progenitor, salvo que el Juez estime que los intereses del menor este en peligro, supuesto este en que nombrara un tutor. Patria potestad queda en suspenso.

  • Progenitores ambos con patria potestad, uno de ellos fallece, el otro progenitor adquiere de forma automática (sin decisión judicial) la patria potestad exclusiva sobre el menor. Si un progenitor y un no progenitor tienen la responsabilidad parental conjunta y el primero muere, el no progenitor ejerce la patria potestad en forma de tutela. También puede nombrarse un tutor tras la muerte de un progenitor que ejerza la responsabilidad parental, en el caso de que el otro progenitor no pueda o no quiera hacerse cargo de ella, o si ello fuera en contra de los intereses del niño.